La Comisión Nacional de Valores (CNV) formalizó la regulación de los instrumentos financieros que administrarán los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo introducido por la Ley de Modernización Laboral para acompañar a las empresas privadas en el pago de indemnizaciones y finalizaciones de contratos de trabajo. La medida se concretó mediante la Resolución General 1167/2026, dejando completado el marco normativo de cara a su entrada en vigencia prevista para el próximo 1° de noviembre.
El nuevo régimen establece que las empresas privadas realizarán contribuciones mensuales calculadas sobre las remuneraciones de los trabajadores. La alícuota inicial se fijó en un 1% para grandes compañías (con margen de elevación hasta el 1,5%) y en un 2,5% para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs, ampliable hasta el 3%), contando a su vez con una reducción equivalente en determinadas contribuciones patronales a la seguridad social. La responsabilidad legal y final del pago indemnizatorio continuará recayendo en el empleador, debiendo cubrir cualquier diferencia en caso de que el saldo acumulado resulte insuficiente.
Para la gestión de los recursos, la CNV habilitó la creación de Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros específicos. Cada empresa contará con una cuenta individual inembargable y destinada exclusivamente a obligaciones laborales. Para operar, las patronales deberán elegir una entidad habilitada, obtener un código identificador (“ID FAL”) e informarlo a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA); de no hacerlo al momento del primer aporte, el organismo asignará un vehículo de inversión de oficio.
Puntos clave de los Fondos de Asistencia Laboral
- Normativa y vigencia: Resolución General 1167/2026 de la CNV; implementación a partir del 1° de noviembre para el sector privado (el sector público queda excluido).
- Alícuotas de aporte: 1% para grandes empresas (hasta 1,5% según normativa) y 2,5% para MiPyMEs (hasta 3%).
- Esquema de administración: Fondos Comunes de Inversión o Fideicomisos Financieros con cuentas individuales e inembargables para cada empleador.
- Gastos y control: Límite máximo del 1% anual sobre el patrimonio para honorarios de administración y asignación de oficio por parte de la CNV si la empresa no informa su “ID FAL” a ARCA.
- Responsabilidad legal: Mantiene el régimen indemnizatorio vigente; la obligación final de abonar la indemnización sigue perteneciendo al empleador.

