Senadores aprobaron en definitiva el Proyecto de Ley en Revisión, por el cual los condenados en segunda instancia por delitos de tráfico de estupefacientes no pueden ser candidatos a cargos públicos. El proyecto modifica el artículo 1° de la Ley 8.275, de ficha limpia.
Una vez promulgada por el Ejecutivo provincial, no podrán ser candidatos a cargos públicos electivos provinciales y municipales quienes sean condenados por sentencia judicial en segunda instancia.
La iniciativa llega con la aprobación de la Cámara de Diputados y propone que en el artículo 1° de la Ley ya vigente se agregue que no pueden ser candidatos a cargos públicos electivos provinciales y municipales los condenados por sentencia judicial en segunda instancia por el plazo que dure la condena, computado a partir del momento en que el Tribunal de segunda instancia dicte la sentencia confirmatoria por los delitos de Tráfico de Estupefacientes previstos en la Ley 23.737.
En el caso de los condenados que no recurran la sentencia condenatoria, el plazo se computará a partir del dictado de dicho fallo. En una reunión con senadores, el Procurador General de la Provincia, Pedro García Castiella consideró necesaria la modificación de la Ley de Ficha Limpia.
Sostuvo que el narcotráfico busca infiltrarse en todos los ámbitos de la vida social y resulta necesario fortalecer la integridad del sistema democrático y prevenir intrusiones que puedan comprometer la seguridad y estabilidad del Estado por parte del crimen organizado.
Opinó que el mapa del delito cambió en Argentina y de ser un país de paso hace 15 o 20 años hoy ofrece una realidad muy diferente, donde casi todo delito está vinculado con el consumo de drogas y las adicciones.