La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo mediante el cual se propicia que los conductores que provoquen un accidente automovilístico estando alcoholizados o habiendo consumido estupefacientes, abonen el costo de las prestaciones sanitarias que se realicen en los efectores de Salud Pública de la Provincia.
La normativa, faculta al Ministerio de Salud Pública, a través del organismo correspondiente, a efectuar los trámites correspondientes al cobro o recupero de las prestaciones de salud, medicamentos, prótesis y órtesis que se hubieran destinado en beneficio de las personas que, conduciendo bajo los efectos de alcohol y/o estupefacientes, ocasionen accidentes de tránsito que requieran su atención médica en los efectores del Sistema de Salud Pública, conforme a la responsabilidad que al respecto establezca la autoridad competente. Quienes demuestren estado de insolvencia deberán cancelar la obligación mediante servicios comunitarios de conformidad a lo que determine la reglamentación.
Ante la falta de pago por parte de los obligados y transcurridos sesenta (60) días corridos desde la facturación del arancel, o ante el incumplimiento del servicio comunitario de conformidad a lo que determine la reglamentación, la Autoridad de Aplicación y/o los Efectores de Salud Pública que ella disponga, emitirán un certificado de deuda que constituirá título ejecutivo suficiente, en los términos del artículo 533 inciso 7 de la Ley N° 5.233 y sus modificatorias.