El Ministerio de Educación y Cultura de Salta, a través de un trabajo articulado entre la Dirección General de Educación Secundaria y la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, emitió una Circular Conjunta para establecer un marco normativo unificado que guiará los procesos de preinscripción, ingreso e inscripción correspondientes al Ciclo Lectivo 2027.
La medida se fundamenta en las prescripciones de la Ley de Educación Provincial N.º 7.546 y la Ley de Educación Nacional N.º 26.206, reafirmando la obligatoriedad del nivel secundario y los principios rectores de gratuidad, inclusión e igualdad de oportunidades en todo el sistema de gestión pública provincial.
Ingreso irrestricto y prohibición de exámenes selectivos
Uno de los ejes centrales de la disposición establece la garantía de ingreso irrestricto para la totalidad de los aspirantes en las escuelas secundarias y técnicas de la provincia. En este sentido, la normativa instruye a las unidades educativas a desestimar cualquier mecanismo de evaluación selectiva o examen eliminatorio que condicione la adjudicación de vacantes mediante un orden de mérito.
El relevamiento de saberes previos se reconfigura de carácter estrictamente formativo y de diagnóstico pedagógico, aplicándose con posterioridad al proceso de preinscripción. Esta etapa se denominará “Período de Fortalecimiento de Capacidades”, concebido como una herramienta para detectar de manera temprana necesidades de acompañamiento escolar y aportar insumos a la planificación docente.
Gratuidad y prohibición de cobros obligatorios
La normativa ratifica enfáticamente que ningún trámite administrativo —tales como la entrega de formularios, la confirmación de vacantes o la recepción de legajos y documentación— puede hallarse supeditado a contraprestaciones o pagos en dinero.
Sobre las contribuciones económicas a cooperadoras u otras entidades, se reitera que poseen un carácter estrictamente voluntario, exceptuando únicamente al seguro escolar, que constituye el único concepto de cobertura de carácter obligatorio debidamente regulado.
Criterios de asignación ante sobredemanda y transparencia
Con el objetivo de garantizar la previsibilidad institucional, cada establecimiento educativo deberá exhibir y difundir públicamente con antelación el total de vacantes disponibles discriminadas por turno, año y orientación, junto a los criterios objetivos de asignación que se aplicarán en aquellos casos donde la demanda supere la disponibilidad de lugares. Como pautas prioritarias se contemplan:
- La existencia de hermanos matriculados en la institución.
- La reserva de cupos para estudiantes recursantes de la propia escuela.
- La cercanía del domicilio del postulante.
Asimismo, cada institución redactará su propio Protocolo Institucional de Preinscripción e Inscripción, detallando los cronogramas específicos, canales de consulta habilitados y las modalidades de atención presencial bajo estándares de seguridad escolar. Desde la cartera educativa sugirieron que el periodo formal de preinscripciones para el ciclo 2027 comience a desarrollarse a partir de fines de octubre.

