Los pasajeros que atraviesen problemas en el aeropuerto de Salta podrán presentar sus reclamos mediante formularios digitales, tras una modificación aprobada por el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos.
El cambio fue establecido mediante la Resolución 49/2026 del ORSNA, publicada este martes 28 de julio en el Boletín Oficial.
La norma reemplaza el sistema basado en libros físicos de quejas por plataformas web. Los explotadores aeroportuarios deberán informar claramente cómo acceder al formulario y exhibir cartelería en las terminales.
La medida alcanza a los aeropuertos que forman parte del Sistema Nacional, por lo que será aplicable en el aeropuerto internacional Martín Miguel de Güemes.
Formularios web y códigos QR
Cada aeropuerto deberá poner a disposición de pasajeros y público general un formulario web para registrar reclamos por problemas en los servicios, la infraestructura o la atención recibida.
La existencia del sistema deberá difundirse dentro de las terminales. La normativa contempla carteles y accesos digitales, entre ellos códigos QR que dirijan al formulario correspondiente.
El ORSNA consideró que los libros físicos quedaron obsoletos y que los medios digitales permiten agilizar la presentación y el seguimiento de las quejas.
Los aeropuertos deberán informar qué hicieron
Los explotadores que cuenten con un sistema propio deberán permitir que el ORSNA acceda a la plataforma para controlar su funcionamiento.
Aquellos que no dispongan de un sistema digital tendrán que remitir, antes del día 5 de cada mes, un informe con los reclamos recibidos, las respuestas brindadas y el estado de cada caso.
Incluso cuando no se hayan registrado quejas, deberán informarlo al organismo regulador bajo la expresión “Sin novedades”.
La resolución también obliga a exhibir cartelería que informe a los pasajeros sobre la posibilidad de reclamar.
Qué podrán reclamar los pasajeros
El sistema comprende inconvenientes relacionados con la calidad del servicio aeroportuario, la infraestructura, los equipamientos, la atención y el funcionamiento de las terminales.
La resolución no regula directamente los reclamos por cancelaciones o demoras atribuibles a las aerolíneas, que pueden tener procedimientos y autoridades diferentes.

