El Ente Regulador de Servicios Públicos (Enresp), conducido por Carlos Saravia, emitió una resolución clave para eliminar barreras económicas a los sectores vulnerables. La medida ordena a la empresa EDESA abstenerse de exigir el pago de depósitos en garantía o “gastos administrativos” a jubilados, pensionados y beneficiarios de subsidios provinciales que necesiten poner el medidor a su nombre para cobrar el Bono Eléctrico de $150.000 o el Subsidio por Carencia.
La intervención del organismo regulador responde a reclamos de usuarios e intimaciones formales iniciadas por la asociación de consumidores Protectora (patrocinada por el abogado Daniel Paganetti), tras detectarse que la distribuidora cobraba entre $15.000 y $50.000 por la actualización de datos de titularidad a jubilados que cobran el haber mínimo.
Claves del beneficio y contexto regulatorio
- Trámite 100% gratuito: EDESA no podrá exigir ningún pago inicial, depósito en garantía ni cargos en cuotas para procesar el cambio de titularidad a usuarios no propietarios (inquilinos o comodatarios) que tramiten el bono anunciado por el gobernador Gustavo Sáenz.
- Sectores alcanzados: Jubilados y pensionados con haber mínimo, además de beneficiarios del Subsidio por Carencia que acrediten su condición en el marco del artículo 5º (inciso c) del Régimen de Suministro Eléctrico.
- Fundamento legal: El Enresp determinó que la actualización del padrón es un deber de la empresa cubierto por la tarifa y que aplicar cargos extra en un contexto de asistencia social constituye un obstáculo abusivo para acceder a un servicio público esencial.
- Fondo del reclamo: Protectora había intimado a EDESA a cesar los cobros en 48 horas y devolver los montos cobrados indebidamente, advirtiendo que un arancel de $15.000 a $50.000 recortaba hasta un tercio del bono destinado a las familias más vulnerables.

